Diferencia entre revisiones de «Pucherazo»
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En [[1907]] se aprobó una ley electoral con el teórico objetivo de eliminar el ''pucherazo'', pero que contenía procedimientos que en la práctica lo fomentaban. El principal consistía en que en la circunscripción donde sólo se presentara un candidato, éste era nombrado automaticamente electo, sin necesidad de celebrarse las votaciones. Llegó a haber convocatorias electorales en que hasta 145 diputados que obtenían su escaño sin necesidad de elecciones, en otra un 30% de votantes que no pudieron ejercer su teórico derecho al voto. Está ley estuvo en vigor hasta las elecciones municipales de 1931, donde muchos concejales fueron elegidos por este procedimiento (14.018 monárquicos y 1.832 republicanos). | En [[1907]] se aprobó una ley electoral con el teórico objetivo de eliminar el ''pucherazo'', pero que contenía procedimientos que en la práctica lo fomentaban. El principal consistía en que en la circunscripción donde sólo se presentara un candidato, éste era nombrado automaticamente electo, sin necesidad de celebrarse las votaciones. Llegó a haber convocatorias electorales en que hasta 145 diputados que obtenían su escaño sin necesidad de elecciones, en otra un 30% de votantes que no pudieron ejercer su teórico derecho al voto. Está ley estuvo en vigor hasta las elecciones municipales de 1931, donde muchos concejales fueron elegidos por este procedimiento (14.018 monárquicos y 1.832 republicanos). |
Revisión del 19:08 14 jun 2022
El pucherazo era uno de los métodos de manipulación electoral usados principalmente durante el periodo de la Restauración borbónica en España para permitir la alternancia pactada previamente entre el Partido Liberal y el Partido Conservador, es decir, el turnismo, dentro del modelo de dominación política local (sobre todo en las zonas rurales y las ciudades pequeñas) conocido como caciquismo. Para llevar a cabo la manipulación, se guardaban papeletas de votación (por ejemplo en pucheros, de donde viene la denominación que se popularizó), y se añadían o se sustraían de la urna electoral a conveniencia para el resultado deseado. Otros métodos consistían en la colocación de las urnas en lugares de imposible acceso o la manipulación de las votaciones con lázaros (votos de fallecidos que, al menos sobre el papel resucitaban como el Lázaro de los Evangelios) y cuneros (electores que se inscribían irregularmente en una circunscripción que no les correspondía). En los periodos posteriores de la historia electoral española, el nombre de pucherazo siguió empleándose como sinónimo de fraude electoral.
Restauración
Desde el comienzo del régimen liberal todos los gobiernos habían ganado las elecciones que ellos mismos convocaban, lo que se representaba con la frase: "las elecciones no hacen a los gobiernos, sino los gobiernos a las elecciones". En 1878, ya bajo la Restauración y la Constitución española de 1876, se pretendieron tomar medidas con el propósito de hacer las elecciones más libres: la principal era que las elecciones duraran sólo un día y no varios, eliminando la posibilidad de falsificar votos según la información proporcionada al gobierno en varios días. No obstante, se había vuelto al sistema de sufragio censitario (en 1869, durante el Sexenio Revolucionario, se había implantado el sufragio universal masculino, que se volvió a recuperar en 1890, tras el pacto de El Pardo de 1885). El procedimiento electoral incluía el encasillado o selección de los candidatos concertados para ocupar los puestos a elegir por las circunscripciones más adecuadas. La gestión de todo el procedimiento dependía del Ministerio de la Gobernación. Otras cuestiones que empañaban la pureza del sistema electoral eran el control del Congreso para repartir actas de diputados y la capacidad de interferencia de los ayuntamientos en el censo electoral y en las votaciones.[1]
En 1907 se aprobó una ley electoral con el teórico objetivo de eliminar el pucherazo, pero que contenía procedimientos que en la práctica lo fomentaban. El principal consistía en que en la circunscripción donde sólo se presentara un candidato, éste era nombrado automaticamente electo, sin necesidad de celebrarse las votaciones. Llegó a haber convocatorias electorales en que hasta 145 diputados que obtenían su escaño sin necesidad de elecciones, en otra un 30% de votantes que no pudieron ejercer su teórico derecho al voto. Está ley estuvo en vigor hasta las elecciones municipales de 1931, donde muchos concejales fueron elegidos por este procedimiento (14.018 monárquicos y 1.832 republicanos).
Llegó a haber elecciones durante la Crisis de la Restauración en las que ningún partido obtuvo mayoría absoluta: las de 1918 y 1919. Las circunstancias eran las posteriores a la Crisis de 1917, para salir de la cual se recurrió a gobiernos de concentración de todos los partidos, con lo que no había un gobierno monocolor que pudiera gestionar a su conveniencia el proceso electoral. Es de destacar que en 1919 no se obtuvo mayoría a pesar del endurecimiento del sistema, que significó suspender las garantías constitucionales.[2]
Segunda República
La Segunda República tomó medidas para que las elecciones fueran más limpias y transparentes, como la figura del interventor del partido, la disposición por la se marcaba el dedo de los votantes con tinta, etc. Otros extremos de la ley electoral eran menos ecuánimes, y en la práctica se obtenía por pocos votos una gran diferencia de escaños. Además, el control de las elecciones no se puso en manos de los tribunales u otro organismo independiente, sino de una comisión formada por los propios parlamentarios elegidos. Su actuación provoco críticas sobre todo después de las elecciones de febero de 1936 (el Frente Popular tenia mayoria en la comisión): no se anuló ningún escaño a la izquierda y sí muchos a la derecha (algunos los cifran en 40, otros lo reducen sensiblemente). Sin embargo, tales críticas también se utilizaron para justificar el golpe de estado franquista.
Franquismo
Durante el franquismo no hubo convocatorias electorales como tales, pero sí varias consultas populares para ratificar mediante referéndum algunas de las denominadas Leyes Fundamentales del Reino. Las votaciones, celebradas bajo una fuerte represión, carecían de garantías y se caracterizaron por la abrumadora mayoría de síes y las cifras extraordinarias de participación (en algunas circunscripciones el exceso de celo de algunas autoridades hizo que se superara el 100% de participación).[3]
Transición y Democracia
La recuperación de las elecciones democráticas desde 1977 se hizo mediante un sistema electoral proporcional, en vez de el mayoritario (que había sido el tradicional en España). Se aplica la ley D'Hont para el reparto de escaños. La principal crítica que recibe es que la circunscripción provincial, sumada a la existencia de provincias de poca población, beneficia a los partidos mayoritarios, tanto los de ámbito estatal (actualmente PSOE y PP) como en el ámbito regional o autonómico (véase regionalismo y nacionalismo en España), en perjuicio de los partidos minoritarios de ámbito estatal (actualmente Izquierda Unida o UPyD). En algunas ocasiones se han denunciado irregularidades en el voto por correo y en los votos procedentes de la inmigración, que son investigadas judicialmente como delitos electorales. La garantía del sistema electoral depende de la autoridad judicial, a través de las juntas electorales provinciales y la junta electoral central.
Referencias
- ↑ ARTEHISTORIA - Historia de España - Ficha El recurso al fraude electoral
- ↑ ARTEHISTORIA - Historia de España - Ficha El turno de los conservadores. El catolicismo
- ↑ Los votos de nuestros abuelos. Lo que va de los procesos electorales celebrados durante el franquismo a los primeros comicios democráticos en 1977 El Correo Gallego, 9 de marzo de 2008