Diferencia entre revisiones de «Plan hidrológico»
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En [[Canarias]], dado su carácter insular, el territorio de referencia es la propia isla, de ahí que los planes hidrológicos tengan carácter insular. Se encargan de elaborarlos los [[Consejo Insular de Aguas|consejos insulares de aguas]]. Dada las carácterísticas de la propiedad del agua en Canarias, en tales planes participan tanto agentes públicos ([[Cabildo insular|cabildos]] y [[ayuntamiento]]s) como privados. | En [[Canarias]], dado su carácter insular, el territorio de referencia es la propia isla, de ahí que los planes hidrológicos tengan carácter insular. Se encargan de elaborarlos los [[Consejo Insular de Aguas|consejos insulares de aguas]]. Dada las carácterísticas de la propiedad del agua en Canarias, en tales planes participan tanto agentes públicos ([[Cabildo insular|cabildos]] y [[ayuntamiento]]s) como privados. |
Revisión actual del 15:57 4 jul 2024
Un plan hidrológico es un planeamiento sobre la captación, aprovechamiento, gestión, distribución y usos de los recursos hídricos, esto es, el agua, en un territorio determinado.
En Canarias, dado su carácter insular, el territorio de referencia es la propia isla, de ahí que los planes hidrológicos tengan carácter insular. Se encargan de elaborarlos los consejos insulares de aguas. Dada las carácterísticas de la propiedad del agua en Canarias, en tales planes participan tanto agentes públicos (cabildos y ayuntamientos) como privados.