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Grupo mixto

De EnciclopediaGuanche

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En un parlamento, congreso o Cabildo insular, se denomina grupo mixto a un grupo parlamentario formado por todos los diputados que no cumplen los requisitos esenciales para formar un grupo parlamentario propio, según la Constitución española, la ley española, o el reglamento interno del parlamento correspondiente. Muchas veces forman parte del grupo mixto los diputados y diputadas electas por partidos que si bien han obtenido representación, ésta no es suficiente como para formar un grupo propio en la cámara correspondiente, por tanto, los derechos de dicho grupo son menores (menos tiempo de intervención, menos recursos que habrían de compartir con los otros partidos que forman parte del grupo mixto, etc.). No se integran en el grupo mixto los parlamentarios electos que han sido expulsados de su partido o han salido de él. Éstos pasan a denominarse parlamentarios o diputados no adscritos; quedan relegados a un papel marginal, supeditado a la generosidad de la Mesa.

Muchas de las iniciativas y discusiones parlamentarias se tramitan a través de los grupos parlamentarios, por lo que tiene mucha importancia la capacidad o no de una formación de formar un grupo parlamentario propio. El grupo mixto asume la capacidad de esos diputados minoritarios para canalizar sus iniciativas. A pesar de las limitaciones, en general el Grupo Mixto disfruta las mismas posibilidades de intervención en las labores de la Cámara que los otros grupos parlamentarios.