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El Congreso de los Diputados tiene su antecedente más remoto en el [[Estatuto Real de 1834]], otorgado por la [[María Cristina de Borbón|reina María Cristina]], [[Regencia (política)|regente]] durante la [[minoría de edad de Isabel II]], y que estableció por primera vez en España la configuración [[bicameral]] de las Cortes, al dividirlas en dos Estamentos: el de [[Próceres del Reino]] y el de [[Estamento de Procuradores|Procuradores del Reino]].

Revisión del 20:32 27 nov 2021

Congreso de los Diputados
x legislatura
[[Archivo:Interior del Congreso de los Diputados de España.jpg|220px]]
Hemiciclo del Salón de Plenos
[[Archivo:{{{salon_sesiones}}}|220px]]
Palacio de las Cortes
Carrera de San Jerónimo, Madrid
Información general
Ámbito España
Creación 1834, mediante Estatuto Real
Atribuciones Título III de la Constitución
Tipo Cámara baja de las Cortes Generales
Inicio de sesiones 27 de diciembre de 2011
en Solemne Apertura por parte del rey
Salario Plantilla:Nts /año
Sueldo base en 2011 sin incluir gastos ni complementos; se estima un salario real medio por diputado de Plantilla:Nts €/año netos.[1] Véase Sueldos y gastos.
Liderazgo
Jesús María Posada Moreno (PP)
desde el 13 de diciembre de 2011
Vicepresidenta Celia Villalobos Talero (PP)
desde el 13 de diciembre de 2011
Composición
Miembros 350
Congreso_de_los_Diputados_de_la_X_Legislatura_de_España.png
Grupos representados   185   Popular  109   Socialista   16    Convergència i Unió   11    La Izquierda Plural    5     UPyD    5     Vasco    19    Mixto
Elecciones
Sistema electoral Sistema D'Hondt con representación proporcional por listas cerradas
Última elección 20 de noviembre de 2011
Próxima elección 20 de diciembre de 2015
Sitio web
www.congreso.es
Sucesión
ix legislatura Congreso de los Diputados xi legislatura


El Congreso de los Diputados es la Cámara baja de las Cortes Generales, el órgano constitucional que representa al pueblo español según la Constitución. Se reúne para sesiones en el Palacio de las Cortes, ubicado en la plaza de las Cortes de Madrid.

Antecedentes

 Artículo principal: Cortes españolas

El Congreso de los Diputados tiene su antecedente más remoto en el Estatuto Real de 1834, otorgado por la reina María Cristina, regente durante la minoría de edad de Isabel II, y que estableció por primera vez en España la configuración bicameral de las Cortes, al dividirlas en dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de Procuradores del Reino.

El Estamento de los Procuradores del Reino tenía carácter electivo y una composición que correspondía netamente a la representación de las Ciudades y Burgos con derecho de voto en las Cortes del Antiguo Régimen.

En la Constitución de 1837, aprobada como consecuencia del Motín de la Granja de San Ildelfonso que forzó a la reina regente a sancionarla, recogió por primera vez la denominación de "Congreso de los Diputados" para la Cámara Baja de las Cortes Generales.

En las sucesivas Constituciones de 1845, 1856, 1869 y 1876 preservaron la configuración del Congreso de los Diputados como una Cámara de representación popular, que en algunos casos tuvo atribuida preeminencia sobre el Senado en materia de fuerzas armadas y de contribuciones y crédito público y control político a los miembros del Gobierno.

Posición constitucional

Naturaleza de la Cámara

Composición

El Congreso de los Diputados está compuesto por un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados, siendo su número actual de 350 por determinación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, aprobada en 1985.

La constitución española establece que los diputados serán elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley (es decir, los detalles del proceso electoral se deberán desarrollar en una ley). No obstante, el sistema político español no obliga a la vinculación entre los diputados elegidos en cada provincia (representantes) y los ciudadanos de la provincia (representados) durante el mandato. Además los diputados serán elegidos por circunscripciones electorales provinciales, además de Ceuta y Melilla. El punto 3 del Artículo 68 indica que "La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional".

Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, establece un mínimo del 3 % de los votos (en su circunscripción, cuentan los votos en blanco para el total, pero no cuentan los nulos) para que un partido pueda ser considerado en el reparto de escaños de esa provincia. Este último punto solo tiene aplicación real en provincias que tengan asignados al menos 24 diputados, condición que actualmente solo cumplen Madrid y Barcelona. En todo el periodo democrático esta cláusula de exclusión solo se ha aplicado una vez, en 1993 con el Centro Democrático y Social, que había obtenido un 2,99 % de votos emitidos en la provincia de Madrid y al que le habría correspondido un diputado de haber habido una estricta representación proporcional.

En marzo de 2011 se reformó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de tal manera que los partidos sin representación en el Congreso y Senado deben recoger firmas de electores que avalen sus candidaturas para poder presentarse a las elecciones generales (Congreso y Senado), aparte de los requisitos generales. Se necesitan el 0,1% de firmas del censo electoral de cada circunscripción. Cada ciudadano solo puede firmar para una candidatura. La Junta Electoral determinará los detalles de la recogida de firma.

Asignación de escaños

Personas representadas por cada diputado por provincia en las elecciones de diciembre de 2015. Color rojo indica menor representatividad y color azul indica mayor representatividad.

La circunscripción electoral del Congreso es la provincia. Según la ley electoral española cada provincia tiene garantizado un mínimo de partida de dos escaños. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla tienen uno cada una de ellas. De esta forma, quedan ya asignados 102 escaños. Los otros 248 diputados se asignan de forma proporcional a la población de derecho. Con ello, hay un rango desde 2 diputados (Soria) hasta 36 (Madrid).

Tras la votación, se asignan los escaños asignados por provincia según los votos en esa provincia. Para ese reparto se usa el sistema D'Hondt, que garantiza que ningún candidato electo haya obtenido menos votos que un candidato no electo en esa circunscripción (excepto en caso de que se aplique previamente el rango de exclusión del 3%, pero la barrera del 3% solo actúa en provincias que elijan más de 30 diputados, es decir Madrid y Barcelona).

Diputados por provincia en las elecciones de diciembre de 2015.

El sistema D'Hondt es un sistema proporcional de reparto. La causa de la improporcionalidad del sistema electoral español es que los escaños no se reparten los 350 a la vez, sino que se divide en 52 repartos (50 provincias y Ceuta y Melilla), donde se reparten entre 1 y 36 diputados (en 2011). 245 diputados se reparten en provincias donde se eligen entre 10 y 1 diputados.[2]

La distribución y número de diputados para las elecciones de 2015 quedaron fijados de la siguiente manera:[3]

Circunscripción Diputados
Madrid 36
Barcelona 31
Valencia 15
Alicante y Sevilla 12
Málaga 11
Murcia 10
Cádiz 9
Asturias, Baleares, La Coruña, Las Palmas y Vizcaya 8
Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza 7
Almería, Badajoz, Córdoba, Gerona, Guipúzcoa, Tarragona y Toledo 6
Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Huelva, Jaén, León, Navarra y Valladolid 5
Álava, Albacete, Burgos, Cáceres, Lérida, Lugo, Orense, La Rioja y Salamanca 4
Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora 3
Soria 2
Ceuta y Melilla 1

Mandato

Vista de las columnas y frontón desde las escaleras de la entrada principal de la sede del Congreso de los Diputados sita en Madrid.

El mandato de los diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara, que puede tener lugar conjunta o separadamente de la disolución del Senado; el derecho de disolución corresponde al rey de España, que lo ejerce a petición del Presidente del Gobierno y bajo la exclusiva responsabilidad de éste.

Órganos del Congreso

En ejercicio de la autonomía que la Constitución reconoce al Congreso de los Diputados, la Cámara se rige por el Reglamento establecido por ella en 1982 y que configura una serie de órganos de gobierno para ejercer las competencias correspondientes.

Órganos de trabajo

Distribución de asientos en el Congreso de los Diputados y situación de la Mesa, el Gobierno y los grupos parlamentarios.
  • El Pleno, es el órgano de trabajo funcional, a través de la cámara ejerce su voluntad. Es la reunión de todos los miembros de la cámara válidamente constituida cuando estén presentes la mitad más uno de sus miembros. Este órgano representa la unidad de la cámara y funciona a través de las sesiones plenarias y pueden ser de dos tipos, ordinarias y extraordinarias.
    • Sesiones ordinarias, son todas la realizadas en los dos periodos de sesiones, de septiembre a diciembre, y de febrero a junio, convocadas a través de un calendario ya prefijado.
    • Sesiones extraordinarias, son las convocadas a solicitud del Presidente del gobierno, la diputación permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de la cámara. Se presentará un orden del día determinado y la sesión se clausurará cuando se trate de todos los puntos del orden del día.
  • Las Comisiones, compuestas por un número proporcional de diputados en función de la importancia numérica de los diversos grupos parlamentarios, y que pueden ser de dos tipos: Permanentes y No permanentes; en el caso de las Comisiones permanentes, el Pleno del Congreso puede conferirles competencia legislativa plena en relación a un asunto, con lo que podrán aprobar o rechazar definitivamente el proyecto de Ley en cuestión; en el caso de las Comisiones no permanentes son aquellas creadas con un propósito específico y cuya temática y duración están fijadas de antemano por el Pleno del Congreso.
  • La Diputación Permanente, compuesta por un número proporcional de diputados en función de la importancia numérica de los diversos Grupos Parlamentarios. Debe estar compuesta como mínimo por 21 miembros (artículo 78 de la Constitución). Es el órgano que vela por los poderes de la Cámara entre periodos de sesiones o cuando su mandato ha terminado por expiración o disolución. La Diputación Permanente estará presidida por el presidente del Congreso.
  • El Grupo Parlamentario, los miembros de las cámaras se unen en función de su afinidad ideológica o pertenencia a un mismo partido político, el mínimo es de 15 diputados, aunque podrá formase un grupo parlamentario con formaciones políticas con un número no inferior a 5 diputados y que represente al 15% de los votos emitidos en la circunscripción que se hubiesen presentado o bien al 5% del conjunto nacional.

Órganos de dirección y administración

  • El presidente, que ostenta la representación de la Cámara y que es elegido por el Pleno para la totalidad de la legislatura. Preside todos los demás órganos colegiados del Congreso y las reuniones conjuntas de ambas Cámaras de las Cortes Generales.
  • La Mesa del Congreso, integrada por el presidente, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios elegidos por el Pleno en función de la importancia numérica de los diversos grupos parlamentarios, cuya función primordial es regir y ordenar el trabajo de todo el Congreso, siendo el órgano de gobierno interno.
  • La Junta de Portavoces, integrada por el presidente y el portavoz de cada uno de los Grupos Parlamentarios, más un miembro del Gobierno y otro de la Mesa del Congreso, y el personal técnico necesario. Su función principal es fijar el orden del día de las sesiones del Pleno.
Antiguo edificio (1843).

Funciones de la Cámara

El Congreso de los Diputados tiene atribuido por la Constitución el ejercicio de unas funciones determinadas, que pueden tener un carácter concurrente, dirimente o exclusivo:

  • Ejerce en concurrencia con el Senado la representación del pueblo español, la potestad legislativa, la función presupuestaria y el control de la acción del Gobierno.
  • Ejerce con carácter dirimente la potestad legislativa, en los casos en que el Senado introduzca enmiendas u oponga su veto a cualquier proyecto o proposición de Ley, debiendo en estos casos reafirmar el proyecto inicial a fin de que pueda ser enviado al Rey para su sanción, pudiendo hacerlo por mayoría absoluta tras su reenvío por el Senado o por mayoría simple dos meses después de dicho reenvío.
  • Ejerce con exclusividad las funciones de otorgamiento y retirada de confianza en el Gobierno, de propuesta al Rey del nombramiento de 4 Magistrados del Tribunal Constitucional y de propuesta al Rey del nombramiento de 6 Vocales del Consejo General del Poder Judicial.

Función política

El Congreso de los Diputados acepta o rechaza al Presidente del Gobierno, propuesto por el Rey, en primera votación por mayoría absoluta y transcurridas cuarenta y ocho horas por mayoría simple.

También controla la acción del Gobierno mediante interpelaciones y preguntas, que cualquiera de sus miembros puede plantear al Gobierno y que pueden dar origen a una moción en la que la Cámara manifieste su posición, así como adoptando una moción de censura o rechazando una cuestión de confianza que le pueda plantear el Gobierno, que en ambos casos se verá obligado a dimitir si la Cámara vota desfavorablemente.

  • Las interpelaciones y preguntas a los miembros del Gobierno, en Pleno o en Comisión; las proposiciones no de ley, las mociones y las resoluciones que, de ser aprobadas, obligan al Gobierno.
Ejemplar de la Constitución conservado en el Congreso de los Diputados.
  • La moción de censura, que es aquella que puede plantear una décima parte de los diputados y que en caso de ser aprobada supone la retirada de la confianza de la Cámara en el Gobierno; la moción debe incluir el nombre de un candidato a la Presidencia del Gobierno, y en caso de ser adoptada, lo que únicamente puede tener lugar por el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara, aquél se entenderá investido y el Rey procederá a nombrarlo Presidente.
  • La cuestión de confianza, que es aquella en la que el Presidente del Gobierno somete al Pleno del Congreso para comprobar el respaldo que le ofrece la Cámara ante una iniciativa o una cuestión de política general; en caso de rechazo por el Pleno, el Gobierno deberá presentar su dimisión al Rey.
  • El Debate sobre el Estado de la Nación: no está reconocido en la Constitución ni por los reglamentos parlamentarios, pero se ha consolidado por la práctica (se trata de un debate similar al Debate sobre el Estado de la Unión de Estados Unidos). Es la explicación por parte del Presidente del Gobierno de la política general, el gobierno determina el momento a plantearse.

Después de intervenir el Presidente intervienen los portavoces de los grupos parlamentarios comenzando por el grupo mayoritario de la oposición y terminado por el grupo mixto, dependiendo la duración de la intervención del número de diputados.

Función legislativa

El Congreso de los Diputados tiene la iniciativa legislativa, junto con el Senado y con el Gobierno (el cual ejerce la potestad legislativa de manera indirecta, y la diferencia es que las leyes del Gobierno se impulsan mediante un Proyecto de Ley). Además puede recibir proposiciones de Ley remitidas por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas o por 500.000 ciudadanos mayores de edad.

El Congreso tramita proyectos de Ley, es decir, iniciativas remitidas por el Gobierno, y proposiciones de Ley, esto es, iniciativas remitidas por el Senado u originadas en el propio Congreso. En todos los casos puede introducir enmiendas en los respectivos textos.

Además, el Congreso ratifica o rechaza las enmiendas introducidas en los proyectos y proposiciones de Ley y acepta o levanta el veto opuesto por el Senado, en ambos casos inmediatamente por mayoría absoluta o transcurridos dos meses por mayoría simple. No obstante la aprobación de proyectos y proposiciones de Ley Orgánica requiere siempre el voto favorable de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

Composición del Congreso en la X legislatura

Resultados de las elecciones

Histórico de número de escaños de PSOE, PP, IU, UCD y UPyD en la democracia (1977-2011).
Frontón de la fachada principal del Congreso. (P. Ponzano, 1864).
Leones de las Cortes, fachada principal del Congreso.

Escudo de España (mazonado).svg
Elecciones generales de España de 2011[4]

Candidatura % Dif. Escaños Dif.
  Partido Popular-Unión del Pueblo Navarro-Partido Aragonés (PP-UPN-PAR) 44,62% +4,69 186 +32
  Partido Socialista Obrero Español-PSC (PSOE) 28,73% -15,11 110 -59
  Convergència i Unió (CiU) 4,17% +1,14 16 + 6
  Izquierda Unida-(Iniciativa per Catalunya Verds-Esquerra Unida i Alternativa)-Chunta Aragonesista: La Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) 6,92% +3,15 11 +9
  Amaiur 1,37% +1,37 7 +7
  Unión Progreso y Democracia (UPyD) 4,69% +3,51 5 +4
  Partido Nacionalista Vasco (EAJ/PNV) 1,33% +0,14 5 -1
  Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) 1,05% -0,11 3 =
  Bloque Nacionalista Galego (BNG) 0,75% -0,08 2 =
  Coalición Canaria-Nueva Canarias (CC-NCa-PNC) 0,59% -0,09 2 =
  Coalició Compromís-Equo (Compromís-Q) 0,51% +0.39 1 +1
  Foro de Ciudadanos (FAC) 0,40% +0.40 1 +1
  Geroa Bai (GBAI) 0,17% +0.17 1 +1
Total 350 escaños

Grupos parlamentarios

Gráfico elecciones legislativas de 2011.

Las candidaturas que obtuvieron representación en el Congreso se organizan en grupos parlamentarios. Para constituir uno son necesarios un mínimo de 15 diputados, aunque también es posible formar grupo a partir de 5 escaños si la candidatura ha obtenido al menos el 5% de votos a nivel nacional, o al menos el 15% de los votos en las circunscripciones en la que se presentó. Los grupos parlamentarios pueden estar integrados por diputados de un único partido o por los de varios partidos, pero los diputados de un mismo partido no pueden formar grupo parlamentario separado.

Entre las ventajas de tener grupo parlamentario propio están el tener un representante en todas las comisiones parlamentarias y en la Diputación Permanente, tener voz propia en la Junta de Portavoces, recibir la subvención mensual íntegra, recibir una subvención por la propaganda electoral enviada, contar con más asistentes facilitados por el Congreso, presentar un mayor número de proposiciones de ley y no de ley, tener voz propia en cada uno de los debates parlamentarios con un mismo tiempo determinado, y poder dar una rueda de prensa semanal para fijar el orden del día de la siguiente sesión plenaria.[5] Todos los grupos parlamentarios, incluido el mixto, tienen las mismas atribuciones (excepto la subvención por propaganda), con la diferencia de que en el Grupo Mixto se han de repartir entre los distintos partidos que lo integran.

A solicitud de los partidos y tras presentar la documentación pertinente, la Mesa del Congreso constituyó el 15 de diciembre de 2011 seis grupos parlamentarios, quedando el resto de diputados integrados en el Grupo Mixto.[6] La constitución de éstos se vio envuelta en cierta polémica al respecto de Amaiur y UPyD. El primero no alcanzaba el 15% de los votos exigidos por el reglamento en la circunscripción de Navarra (obtuvo un 14,86%), en tanto que UPyD no sumaba el 5% a nivel nacional, habiendo obtenido un 4,70%.

UPyD optó por asociarse con Foro de Ciudadanos para superar el umbral del 5% requerido, de acuerdo con el artículo 24.3 del reglamento.[7] Mientras, Amaiur trató de formarlo con la ausencia de su diputado electo por Navarra durante la constitución de el Congreso,[8] presentando la solicitud de grupo únicamente los 6 diputados electos por el País Vasco, que sí superaban el 15% de los votos.[9] Sin embargo, el citado 15 de diciembre de 2011 —tras analizar el informe al respecto de los servicios jurídicos del Congreso— la Mesa del Congreso, con los 5 votos en contra del PP y la abstención de los 3 de PSOE y el único de CiU, rechazó la petición de Amaiur, relegando a la formación al Grupo Mixto.[5] Tras esta negativa, Amaiur recurrió la decisión,[10] a la vez que trató, sin éxito, de lograr la alianza de Geroa Bai para alcanzar el 15% de votos en Navarra.[11]

Por otra parte, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) se sumó temporalmente al Grupo IU-ICV-EUiA-CHA: La Izquierda Plural para lograr la subvención otorgada a las candidaturas por el envío de propaganda durante la campaña electoral,[12] abandonándolo al día siguiente y pasando al Grupo Mixto.[13]

Escudo de España (mazonado).svg
Grupos parlamentarios en la x legislatura[14]
Spanish Congress of Deputies after 2011 election.png

Grupo Partidos Portavoz Diputados totales
Popular en el Congreso Partido Popular (PP) Rafael Hernando Fraile 185
Socialista Partido Socialista Obrero Español (PSOE): 95
Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE): 14
Antonio Hernando Vera 109c
Catalán de Convergéncia i d'Unió Convergència i Unió (CiU)
Convergència Democràtica de Catalunya (CDC): 10
Unió Democràtica de Catalunya (UDC): 6
Josep Antoni Duran i Lleida 16
De IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural Izquierda Unida-Los Verdes: La Izquierda Plural: 11
Izquierda Unida (IU): 7
Iniciativa per Catalunya Verds (ICV): 2
Esquerra Unida i Alternativa (EUiA): 1
Chunta Aragonesista (CHA): 1
Cayo Lara 11
De Unión Progreso y Democracia Unión Progreso y Democracia (UPyD) Rosa Díez 5
Vasco (EAJ-PNV) Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV) Aitor Esteban 5
Mixto Amaiur (AMAIUR): 7
Candidatos independientes: 5
Eusko Alkartasuna (EA): 1
Aralar (ARALAR): 1
Xabier Mikel Errekondo 19
Esquerra Republicana de Catalunya (ERC): 3a Alfred Bosch
Bloque Nacionalista Galego (BNG): 2 Francisco Jorquera
Coalición Canaria-Nueva Canarias (CC-NC-PNC): 2
Coalición Canaria (CC): 1
Nueva Canarias (NC): 1
Ana Oramas
Compromís-Q (COMPROMÍS): 1
Bloc Nacionalista Valencià (BLOC): 1
Joan Baldoví
Unión del Pueblo Navarro (UPN): 1 Carlos Salvador
Foro de Ciudadanos (FAC): 1b Enrique Álvarez Sostres
Geroa Bai: 1 Uxue Barkos
Independiente: 1c José Antonio Viera[15]

a Integrados entre el 12 y el 23 de diciembre de 2011 en el Grupo de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural para poder acceder a la subvención por mailing.[16][17]
b Integrado entre el 15 de diciembre de 2011 y el 5 de enero de 2012 en el Grupo de Unión Progreso y Democracia (UPyD).
c José Antonio Viera estuvo integrado hasta el 25 de junio de 2015 en el Grupo Socialista (PSOE).

Órganos del Congreso en la X legislatura

Pasillo que da acceso al Salón de Plenos
Escudo que preside la Cámara de Plenos
Asientos del Presidente del Gobierno y ministros
Cámara de TV en el Salón de Plenos del palacio
Bandera de España en el Salón de Conferencias del palacio

Mesa del Congreso de los Diputados

Fue elegida en la sesión constitutiva del 13 de diciembre de 2011.

Junta de Portavoces

Constituida el 19 de diciembre de 2011. Presidida por Jesús Posada, presidente del Congreso, e integrada por los portavoces de cada grupo parlamentario. Durante los primeros siete meses de legislatura ejercerá de portavoz general del Grupo Mixto el portavoz de Amaiur.[18]

Diputación Permanente

Constituida el 11 de enero de 2011.

Comisiones

Comisiones permanentes legislativas:[19]

Comisiones permanentes no legislativas:

Comisión no permanente:

Comisiones Mixtas del Congreso y el Senado:

Las comisiones del Congreso de la X Legislatura fueron constituidas entre los días 17 y 18 de enero de 2012. Cada comisión está compuesta por 44 diputados: 23 del PP, 13 del PSOE, 2 de CiU, 2 de IU, 1 de UPyD, 1 del PNV y 2 del Grupo Mixto.[20] La composición de la Mesa de cada Comisión fue decidida entre PP, PSOE, CiU, IU y PNV: quedándose el PP con 22 presidencias, el PSOE con 3, CiU con 2, la Izquierda Plural con una y el PNV con otra.[21]

Sueldos y gastos

En 2011, los 350 diputados perciben un sueldo base de 43 771 euros brutos al año. A este salario se añade un plus para afrontar los gastos de alojamiento y manutención, libre de impuestos, que asciende a 11 755 euros al año para cada uno de los 36 diputados de Madrid, y de 24 650 euros para cada uno de los 315 diputados restantes. A ello se suma una Tarjeta Taxi de un máximo de 3000 euros al año, y la posibilidad de viajar gratuitamente de forma ilimitada en primera clase en tren, barco o avión, sin que se haga pública la relación de desplazamientos, el motivo o el importe.[22] Asimismo reciben dietas devengadas por desplazamiento de 120 euros por día dentro del territorio nacional y de 150 euros por día para viajes en el extranjero, también libres de impuestos. Adicionalmente, perciben retribuciones complementarias por el desempeño de cargos en comisiones parlamentarias, lo que ofrece una cantidad media de 15 984 euros netos al año de media para cada uno de los 350 diputados.[1]

En resumen, los parlamentarios solo declaran a Hacienda por los 43 771 euros de sueldo base, mientras que el resto de sus retribuciones, más de la mitad, no tributa.[1] No es obligatoria la transparencia en su nómina.[23]

Los diputados españoles pueden optar a la pensión de jubilación habiendo servido durante siete años en el Parlamento, y retirarse con la pensión máxima cotizando durante doce años, cuando el resto de los ciudadanos necesitan 15 y 35 años cotizados respectivamente.[24] [sin referencias]

Véase también

Referencias

  1. 1,0 1,1 1,2 Error en la secuencia de órdenes: no existe el módulo «Citas».
  2. http://www.readyfortomorrow.com/el-sistema-electoral-en-espana-y-la-exclusion-de-las-minorias/ Reflexión sobre el sistema Electoral español
  3. Jefatura del Estado (26 de octubre de 2015). BOE-A-2015-11505. Depósito legal: M-1/1958. «Real Decreto 977/2015, de 26 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones». Boletín Oficial del Estado núm. 257, de 27 de octubre de 2015 (Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado):  pp. 100784-100786. ISSN 0212-033X. http://boe.es/boe/dias/2015/10/27/pdfs/BOE-A-2015-11505.pdf. 
  4. Error en la secuencia de órdenes: no existe el módulo «Citas».
  5. 5,0 5,1 El PP impide el grupo de Amaiur con un informe que PSOE y CiU ven 'poco serio', 16 de diciembre de 2011.
  6. La Mesa del Congreso de los Diputados acuerda la constitución de 6 grupos parlamentarios, Web del Congreso, 15 de diciembre de 2011.
  7. Foro presta su escaño a UPyD para que pueda formar grupo en la Cámara, El Comercio, 16 de diciembre de 2011.
  8. Amaiur intenta una maniobra para lograr grupo parlamentario propio en el Congreso, EuropaPress, 13 de diciembre de 2011.
  9. Amaiur asegura que tendrá grupo al no tomar posesión el diputado navarro, pero al PP no le vale, RTVE, 13 de diciembre de 2011.
  10. Amaiur recurre en el Congreso al considerar "arbitrario" el veto a su grupo, El País, 17 de diciembre de 2011.
  11. Amaiur también fracasa en su segunda treta: Uxue Barkos le dice que «no», ABC, 16 de diciembre de 2011.
  12. ERC se suma al grupo de IU para aspirar a una subvención para enviar propaganda, El Mundo, 16 de diciembre de 2011.
  13. ERC deja el grupo de IU tras amarrar una subvención por enviar propaganda, El Mundo, 16 de diciembre de 2011.
  14. Grupos Parlamentarios X Legislatura, web del Congreso de los Diputados.
  15. José Antonio Viera se niega a dejar su acta de diputado y se pasa al Grupo Mixto
  16. ERC se suma al grupo de IU-ICV y CHA en el Congreso para poder acceder a la subvención del 'mailing', La Voz Libre, 15 de diciembre de 2011.
  17. ERC deja el grupo de IU tras amarrar una subvención por enviar propaganda, El Mundo, 16 de diciembre de 2011.
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Enlaces externos